VENTAS | D+H MECHATRONIC AG

CONDICIONES GENERALES DE VENTA Y SUMINISTRO PARA LAS TRANSACCIONES COMERCIALES CON CONTRATISTAS

  1. Se entiende por Contratista, en los términos de las presentes Condiciones, toda persona física o jurídica o sociedad de responsabilidad limitada con capacidad jurídica de derecho privado o público o patrimonio especial de derecho público que haya entablado una relación comercial y actúe en el ejercicio de una actividad profesional comercial o independiente.

  2. Las condiciones que figuran a continuación se aplicarán a todas las relaciones comerciales y también se utilizarán con respecto a las entidades comerciales (denominadas en lo sucesivo Comprador) como base para todos los negocios futuros. La versión vigente en el momento de la celebración del contrato es la autorizada. Las declaraciones mutuas por escrito serán determinantes para el alcance de los suministros o servicios (en lo sucesivo denominados conjuntamente Suministros). No obstante, las condiciones generales de contratación del comprador sólo serán de aplicación en la medida en que D+H Mechatronic AG (en lo sucesivo, D+H) las haya aprobado expresamente por escrito.

  3. El tratamiento de datos se lleva a cabo en el contexto de las ventas o el cumplimiento de contratos de conformidad con la normativa aplicable en materia de protección de datos: protección de datos

  1. D+H quedará vinculada por todas las ofertas durante tres meses. La relación contractual entrará en vigor a partir de la recepción en D+H de la oferta refrendada por el Comprador. No obstante, el comprador estará obligado a informar inmediatamente a D+H si no acepta el pedido.

  2. La cesión de los derechos y obligaciones del Comprador en virtud del contrato o la reventa de las Entregas antes de su recepción requieren el consentimiento por escrito de D+H. Además, D+H podrá rescindir el contrato en cualquier momento mediante la correspondiente declaración por escrito.

  3. D+H se reserva el derecho a producir desviaciones de las muestras o de las Entregas anteriores debido a requisitos de fabricación con el fin de mejorar el producto.

  1. Los precios se basan en entregas ex fábrica más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido legal aplicable.

  2. Si D+H se encarga de la instalación o el montaje y no se ha acordado nada más, el Comprador correrá, además del precio acordado, con todos los gastos accesorios necesarios, como gastos de viaje, gastos de transporte de las herramientas necesarias y del equipaje personal, así como dietas o similares.

  3. Los pagos deben efectuarse a D+H tal y como se especifica en la confirmación del pedido.

  4. El Comprador sólo podrá compensar aquellas contrademandas que hayan sido reconocidas expresamente por D+H o que hayan sido determinadas de forma concluyente por un tribunal; sólo se podrá reclamar un derecho de retención si se basa en reclamaciones en virtud del contrato.

  5. Cada pedido se tramitará con un valor mínimo de pedido de 150,00 €. Corresponde al cliente respetar este valor mínimo.

  1. Los objetos de las entregas (mercancía retenida) seguirán siendo propiedad de D+H hasta que se hayan satisfecho todas las reclamaciones de la relación comercial adeudadas por el Comprador. Si el valor realizable de todas las garantías reales a las que tiene derecho D+H supera el importe de todas las reclamaciones garantizadas en más de un 10%, D+H liberará la parte correspondiente de las garantías reales a petición del Comprador.

  2. En caso de venta de las entregas, el comprador cederá a D+H todos los créditos frente al comprador derivados de la reventa, así como todos los derechos accesorios, sin necesidad de declaraciones especiales adicionales. La cesión también incluirá cualquier reclamación de pago del saldo de la cuenta. No obstante, la cesión sólo se aplicará al importe correspondiente al precio de los Suministros facturados por D+H. Se dará prioridad a la satisfacción de la parte del crédito cedido a D+H.

  3. Si el Comprador vincula las Entregas a terrenos, el Comprador, sin necesidad de declaraciones especiales adicionales, cederá también el crédito que le corresponda como compensación por esta vinculación por el importe que corresponda al precio de las Entregas facturado por D+H.

  4. Salvo cancelación, el Comprador estará autorizado a cobrar los créditos cedidos a D+H de conformidad con este apartado IV. (Reserva de dominio). El Comprador remitirá inmediatamente a D+H los pagos efectuados sobre los créditos cedidos hasta el importe del crédito garantizado. Si existiera un interés legítimo (como en caso de impago, suspensión de pagos, apertura de un procedimiento de insolvencia, etc.), D+H estará autorizado a revocar la autorización de cobro del Comprador. Además, D+H podrá, previo aviso y respetando un plazo razonable, revelar la cesión en garantía, hacer uso de los créditos cedidos y exigir al Comprador que revele la cesión en garantía a sus compradores. En este caso, el comprador deberá comunicar a D+H la información necesaria para hacer valer sus derechos frente a los compradores y expedir los documentos requeridos.

  5. Mientras dure la reserva de dominio, el Comprador tendrá prohibido pignorar o ceder en garantía o las Entregas. El Comprador deberá notificar inmediatamente a D+H en caso de embargo, confiscación u otras disposiciones o intervenciones de terceros. La reventa de las Entregas por parte de revendedores sólo está permitida en el curso normal de los negocios y con la condición de que el revendedor reciba el pago de su propio comprador por el importe del contravalor de las Entregas o al incluir la disposición de que la propiedad no se transfiera al comprador hasta que el revendedor haya cumplido con sus obligaciones de pago.

  6. Si el Comprador incumple sus obligaciones, en particular en caso de demora en el pago, incluso sin que se haya fijado un plazo, D+H tendrá derecho a exigir al Comprador que entregue las Entregas y/o -tras fijar un plazo, si fuera necesario- rescindir el contrato. El Comprador está obligado a entregar las Entregas. En caso de que el Comprador esté obligado a entregar los Suministros, D+H no estará obligada a notificar la rescisión, a menos que se indique expresamente.

  1. A menos que se haya acordado expresamente un plazo de entrega como vinculante, cualquier plazo de entrega/periodo de entrega indicado no será vinculante.

  2. El cumplimiento de los plazos de entrega indicados requiere la recepción puntual de todos los documentos, aprobaciones y autorizaciones necesarias, en particular de los planos, que deba entregar el Comprador, así como el cumplimiento por parte del Comprador de las condiciones de pago y demás obligaciones acordadas. Si estos requisitos no se cumplen a tiempo, los plazos de entrega se ampliarán en consecuencia según corresponda; esto no se aplicará si D+H es responsable del retraso.

  3. Si el incumplimiento de los plazos de entrega se debe a causas de fuerza mayor, como movilizaciones, guerras, revueltas, sanciones y embargos o similares (por ejemplo, huelgas, cierres patronales), los plazos y periodos de entrega se prorrogarán según corresponda. Lo mismo se aplica si los acontecimientos antes mencionados se producen en un proveedor de D+H.

  4. Seis semanas después de superar un plazo de entrega no vinculante, el comprador podrá solicitar por escrito a D+H que realice la entrega dentro de un plazo adecuado. Una vez recibido el requerimiento, D+H incurrirá en mora.

  5. Tras una notificación de incumplimiento conforme al apartado 4., el Comprador está obligado, a petición de D+H, a explicar dentro de un plazo adecuado si desea rescindir el contrato debido al retraso en la entrega, solicitar una indemnización por daños y perjuicios en lugar de la prestación o exigir la entrega.

  6. Quedan excluidas las reclamaciones del Comprador de indemnización por daños y perjuicios debido al retraso en la entrega y las reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios en lugar del servicio en todos los casos de retraso en la entrega, incluso después de que haya vencido el plazo de entrega fijado por el Comprador. Esto no se aplica en casos de responsabilidad obligatoria debida a actos intencionados, negligencia grave o lesiones a la vida, el cuerpo o la salud; y esto no implica ningún cambio en la carga de la prueba en perjuicio del Comprador. El comprador, en el marco de las condiciones legales, sólo podrá rescindir el contrato si D+H es responsable del retraso en la entrega.

  7. Si, tras la notificación de disponibilidad para el envío, el envío o la entrega se retrasa más de un mes a petición del Comprador, se podrá cobrar al Comprador un cargo de almacenamiento por importe del 4% del precio de los objetos de entrega por cada mes o mes parcial; no obstante, esto no superará un total del 10%. Las partes contratantes tienen derecho a aportar pruebas de costes de almacenamiento superiores o inferiores.

  8. Las entregas parciales están permitidas si son razonables para el Comprador.

  9. La obligación de D+H de entregar a tiempo estará sujeta en todo momento a la recepción puntual y ordenada de la mercancía por parte de los proveedores de D+H. D+H informará al Comprador si la entrega no está disponible y, en caso de anulación, en caso de desistimiento, reembolsará la contraprestación correspondiente al Comprador sin demora indebida.

  1. El riesgo, incluso en el caso de una entrega gratuita, será asumido por el Comprador de la siguiente manera:

    a) Para entregas sin instalación o montaje: Una vez que hayan sido enviados o recogidos, pero a más tardar al salir de la planta/almacén. Esto se aplica independientemente de si la mercancía se envía desde el lugar de cumplimiento o de quién corra con los gastos de transporte. A petición y por cuenta del comprador, las entregas de D+H pueden asegurarse contra los riesgos comunes de transporte.

    b) Para Entregas con instalación o montaje: El día de la aceptación en las instalaciones del Comprador o, si así se acuerda, después de una prueba de funcionamiento libre de problemas.

  2. El riesgo correrá a cargo del Comprador si el envío, la entrega, el inicio o la ejecución del montaje o la instalación, la aceptación en las instalaciones del Comprador o la prueba de funcionamiento se retrasan por causas imputables al Comprador o si el Comprador se retrasa en la aceptación por cualquier otro motivo.

Para el montaje e instalación se aplicarán las siguientes condiciones si no se ha acordado otra cosa por escrito:

  1. El Comprador correrá con los gastos y proporcionará puntualmente lo siguiente:

    a) Todos los movimientos de tierra, trabajos de construcción u otros trabajos adicionales realizados por terceros, incluidos los especialistas y el personal auxiliar necesarios, los materiales de construcción y las herramientas,

    b) Los bienes y materiales básicos necesarios para la instalación y puesta en marcha (como andamios, montacargas y otros equipos), la energía y el agua hasta el lugar de utilización, incluidas las conexiones, la calefacción y la iluminación,

    c) espacios suficientemente dimensionados, adecuados, secos y con cerradura en el lugar de instalación para almacenar las piezas de la máquina, equipos, materiales, herramientas, etc., y salas de trabajo y descanso adecuadas para el personal de instalación, incluidas instalaciones sanitarias apropiadas. Aparte de esto, el Comprador deberá cumplir las medidas de protección de los bienes de D+H y del personal de instalación en el lugar de la obra que se tomarían si el Comprador protegiera sus propios bienes,

    d) Ropa y equipos de protección que sean necesarios debido a circunstancias especiales en el lugar de la instalación.

  2. Antes de comenzar los trabajos de instalación y sin que se le solicite, el Comprador deberá facilitar a D+H y a su personal de instalación la información necesaria sobre la ubicación de las líneas/tuberías ocultas de electricidad, gas y agua y cualquier instalación similar, así como los datos estructurales necesarios.

  3. Antes de comenzar el montaje o la instalación, deberán encontrarse en el lugar de montaje e instalación las provisiones y objetos necesarios para el inicio de los trabajos y, antes de comenzar la construcción, todos los trabajos preliminares deberán estar lo suficientemente avanzados para que el montaje o la instalación puedan iniciarse según lo acordado y llevarse a cabo sin interrupción. Las vías de acceso y la zona de montaje o instalación deberán estar niveladas y despejadas.

  4. Si el montaje, la instalación o la puesta en marcha se retrasan por causas ajenas a D+H, el Comprador correrá con los gastos del periodo de espera y de los desplazamientos adicionales del personal de D+H o de la instalación, en la cuantía que corresponda.

  5. El Comprador deberá emitir un recibo a D+H de la duración del tiempo de trabajo del personal de instalación cada semana y notificar inmediatamente a D+H la finalización del montaje, la instalación o la puesta en servicio.

  6. Tras la finalización, si D+H solicita la aceptación de la entrega, el Comprador deberá proporcionarla en el plazo de dos semanas. Si el comprador no lo hace, la aceptación se considerará concedida. La aceptación también se considerará concedida si la entrega se ha puesto en funcionamiento (en su caso, tras completar una fase de prueba acordada).

  1. Si la información contenida en folletos, anuncios, páginas de Internet y otros documentos de oferta no ha sido designada expresamente por D+H como vinculante, las cifras o dibujos contenidos en los mismos son sólo aproximados y no vinculantes.

  2. Los derechos del Comprador en cuanto a la responsabilidad por defectos exigen que el Comprador cumpla debidamente con su deber de inspección y deber de notificación de defectos de conformidad con el párr. 377 del Código de Comercio alemán (HGB). En caso de reclamaciones por defectos, el comprador deberá comunicárselo inmediatamente por escrito a D+H.

  3. Los derechos de responsabilidad por defectos no se aplicarán en el caso de desviaciones insignificantes de las características acordadas, en el caso de una merma insignificante de la capacidad de uso, en el caso de desgaste natural o daños resultantes tras la transferencia del riesgo debido a un tratamiento o almacenamiento defectuoso o negligente, manipulación excesiva, equipos e instalaciones de producción inadecuados, trabajos de construcción defectuosos, subestructuras inadecuadas (p. ej., ventanas o paredes), o en el caso de que la mercancía no cumpla los requisitos de calidad. por ejemplo, ventanas o paredes), o aquellos derechos de garantía que surjan como resultado de influencias externas particulares que no estén estipuladas en el contrato, y también en el caso de errores de software que no puedan reproducirse. El Comprador no podrá rechazar la aceptación de las Entregas debido a defectos insignificantes.

  4. Del mismo modo, si el Comprador o terceros realizan indebidamente cambios o trabajos de reparación en los envíos, no se podrán hacer valer reclamaciones por defectos por estos y las consecuencias resultantes.

  5. En caso de defecto material, D+H deberá tener siempre la posibilidad de subsanar el problema en un plazo razonable. El comprador deberá solicitar la subsanación por escrito. D+H se reserva el derecho a elegir entre la subsanación de las deficiencias o la sustitución.

  6. Si el Comprador instaló el objeto defectuoso en otra cosa o lo fijó a otra cosa de acuerdo con su naturaleza y uso, D+H tiene el derecho y la libertad de decidir llevar a cabo la retirada del objeto defectuoso y la instalación o fijación del objeto mejorado o sustituido por sí mismo, o encargar esta tarea a otras personas, incluido el Comprador. En la notificación de la deficiencia del objeto de suministro, se llamará la atención de D+H sobre el hecho de que el objeto de suministro ya ha sido montado o fijado.

  7. El comprador correrá con los gastos necesarios para la subsanación, en la medida en que aumenten debido a que los envíos se hayan llevado a un lugar distinto de la sucursal del comprador, a menos que este traslado corresponda a su uso adecuado. Sin perjuicio de otras reclamaciones de D+H, en caso de una reclamación por defectos injustificada, el Comprador deberá compensar a D+H por los gastos de examen y -en la medida en que se solicite- eliminación de la deficiencia.

  8. El comprador sólo tendrá derecho de recurso contra D+H en la medida en que no haya llegado a acuerdos con su cliente que vayan más allá de las reclamaciones por defectos legalmente obligatorias. Además, el derecho de repetición del comprador frente a D+H estará sujeto a las condiciones establecidas en el apartado 6.

  9. El derecho de repetición del Comprador por el reembolso de los gastos de montaje y desmontaje que deba asumir frente a su cliente sólo será de aplicación si la deficiencia existía durante la transmisión del riesgo al Comprador, si el Comprador cumplió con su obligación de inspeccionar, notificar y rechazar los defectos de acuerdo con el artículo 377 del Código de Comercio alemán (HGB) y si el Comprador no ha llegado a ningún acuerdo con su cliente que vaya más allá de las reclamaciones por defectos legalmente obligatorias. El importe del recurso se limitará al precio total del artículo defectuoso facturado por D+H.

  10. Si D+H rectifica el envío, la rectificación sólo podrá considerarse fallida tras un segundo intento infructuoso.

  11. Si la subsanación fracasa, el Comprador tiene derecho a optar por reducir el precio de compra o -si las obras de construcción no son objeto de la responsabilidad por defectos- rescindir el contrato. Esto no afecta a los supuestos legales de prescindibilidad de la fijación de un plazo. Tampoco se verá afectado el derecho del Comprador a exigir una indemnización por daños y perjuicios de conformidad con las disposiciones aquí establecidas en el apartado XIII.

  12. Sólo se aceptarán devoluciones de mercancías previo acuerdo.

  1. El plazo de prescripción de las reclamaciones y derechos por defectos en los envíos -independientemente de la base jurídica- será de un año. Sin embargo, esto no se aplica en los casos descritos en el Código Civil alemán (BGB), párr. 438 sec. 1 no. 1 (defectos de titularidad en el caso de objetos inmuebles), párr. 438 sec. 1 no. 2 (edificios, elementos para edificios), o para. 634a sec. 1 no. 2 (edificios u obras cuyo resultado en este sentido consiste en la prestación de servicios de planificación y supervisión) Los casos exentos en la frase anterior no. 2 están sujetos a un plazo de prescripción de tres años. El derecho de recurso del contratista de conformidad con el párr. 445a del Código Civil alemán también está limitado a un año. El párrafo 445 b sección 2 del Código Civil alemán también se aplicará en consecuencia con la disposición de que la suspensión de la caducidad finalizará a más tardar en el plazo de tres años después de la entrega o aceptación de los bienes, respectivamente.

  2. Los plazos de prescripción según el apartado IX.1 también se aplicarán a todas las reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios contra D+H que tengan una relación directa con el defecto, independientemente del fundamento jurídico de la reclamación.

  3. No obstante, los plazos de prescripción según el apartado IX.1 y IX.2 se aplicarán bajo las siguientes condiciones:

    a) Por regla general, los plazos de prescripción no se aplicarán en caso de dolo, ocultación dolosa de un defecto o cuando D+H haya garantizado la calidad del objeto de suministro.

    b) Además, los plazos de prescripción no se aplican a las reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios en caso de incumplimiento de obligaciones por negligencia grave, en caso de incumplimiento culposo de obligaciones contractuales importantes -que no consista en el envío de un objeto defectuoso o la prestación de un servicio deficiente-, en caso de pérdida de la vida, lesiones corporales o daños para la salud causados de forma culposa o en caso de reclamaciones de conformidad con la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos. Los plazos de prescripción de las reclamaciones por daños y perjuicios también se aplican a la indemnización por gastos inútiles.

  4. El plazo de prescripción para todas las reclamaciones comienza con la entrega de los bienes o, en caso de servicios a prestar, con la aceptación de los servicios.

  5. Salvo estipulación expresa en contrario, las disposiciones legales que regulan el inicio del plazo de prescripción, la suspensión por expiración, la suspensión y el reinicio de los plazos no se verán afectadas.

  6. Las disposiciones precedentes se aplican en consecuencia a las reclamaciones por daños y perjuicios que no estén asociadas a un defecto; el apartado IX.1, frase 1, se aplica al plazo de prescripción.

  7. Las disposiciones anteriores no implican ningún cambio en la carga de la prueba en perjuicio del Comprador.

  1. El Comprador tiene el derecho simple e intransferible de utilizar el software estándar con las características de rendimiento acordadas en los dispositivos acordados de forma no modificada. Se permite al Comprador crear una copia de seguridad sin un acuerdo expreso. No se concede al comprador ningún otro derecho (por ejemplo, edición o descompilación).

  2. D+H se reserva sin reservas sus derechos de propiedad y de explotación de los derechos de autor sobre los presupuestos, planos y otros documentos (en adelante: Documentos). Los Documentos sólo podrán ponerse a disposición de terceros previa autorización de D+H y, en caso de que D+H no resulte adjudicataria del pedido, deberán devolverse a D+H inmediatamente a petición de ésta. Las frases 1 y 2 se aplicarán en consecuencia a los Documentos del comprador; no obstante, éstos podrán hacerse accesibles a terceros a los que D+H haya transferido los envíos con autorización.

  3. Salvo acuerdo en contrario, D+H estará obligada a realizar el suministro únicamente en el país del lugar de entrega, sin derechos de propiedad industrial y derechos de autor de terceros (en adelante: Derechos de propiedad). En caso de que un tercero presente reclamaciones de garantía contra el Comprador porque los envíos realizados por D+H y utilizados de acuerdo con el contrato violan los derechos de propiedad, D+H responderá ante el Comprador dentro del plazo estipulado en el apartado IX de la siguiente manera

    a) D+H deberá, a su discreción y a su costa, obtener derechos de uso para los envíos en cuestión, modificar los envíos para que no se violen los derechos de propiedad o cambiar los envíos. Si D+H no puede hacerlo en condiciones razonables, el Comprador tendrá derecho legal a rescindir el contrato o reducir el precio de compra.

    b) La obligación de D+H de indemnizar por daños y perjuicios se rige por el apartado XIII.

    c) Las obligaciones de D+H especificadas anteriormente sólo existirán en la medida en que el Comprador informe inmediatamente a D+H por escrito sobre las reclamaciones realizadas por el tercero, el Comprador no reconozca una infracción y D+H se reserve el derecho a todas las contraacciones contra las reclamaciones de terceros y a las negociaciones de conciliación. Si el Comprador deja de utilizar el envío para reducir los daños o por otros motivos importantes, el Comprador está obligado a notificar al tercero que dicho cese de uso no representa una 167 (Estado de enero de 2018) Solo la versión alemana de estas Condiciones Generales de Contratación es jurídicamente vinculante, mientras que la versión inglesa solo sirve a efectos de traducción. En caso de discrepancias del contenido prevalece la versión alemana. reconocimiento de cualquier infracción de los derechos de propiedad.

  4. Queda excluida cualquier reclamación del Comprador si éste es el único o principal responsable de la infracción de los derechos de propiedad.

  5. Asimismo, quedarán excluidas las reclamaciones del Comprador si la infracción de los derechos de propiedad se debe a especificaciones especiales del Comprador, a una aplicación que D+H no haya podido prever, o a que el envío haya sido modificado por el Comprador o utilizado junto con productos no suministrados por D+H.

  6. En caso de infracción de derechos de propiedad distintos a éstos, se aplicará lo dispuesto en el apartado VIII núm. 5 a 9 se aplicarán en consecuencia para las reclamaciones del Comprador reguladas en el no. X.3 a).

  7. En caso de que existan otros defectos legales, se aplicarán en consecuencia las disposiciones del apartado VIII.

  8. Quedan excluidas cualesquiera otras reclamaciones o derechos distintos de los regulados expresamente en este apartado X que el Comprador haga valer contra D+H y las personas que D+H emplee para la ejecución del contrato debido a un defecto legal.

  1. Las partes acuerdan que tanto ellas como las respectivas empresas asociadas tratarán con estricta confidencialidad los conocimientos que hayan adquirido sobre la otra parte en relación con las negociaciones y el cierre de los contratos. Esta obligación se extiende también más allá de la vigencia del contrato.

  2. Las partes no están autorizadas a poner a disposición de terceros secretos comerciales y empresariales o información confidencial.

  3. Si el Comprador infringe este acuerdo de confidencialidad y continúa esta infracción a pesar de un aviso previo de D+H, el Comprador deberá pagar a D+H una penalización contractual por importe de 10.000,00 euros. Si el acto de infracción continúa, el Comprador deberá pagar una penalización contractual adicional por importe de 5.000,00 euros por cada mes adicional de infracción. El derecho de D+H a reclamar otros daños y a exigir el cese de la conducta prohibida no se verá afectado.

  1. D+H será responsable en caso de imposibilidad de envío sólo en caso de dolo o negligencia grave por parte de D+H o de un representante o de las personas empleadas para la ejecución del contrato, así como en caso de pérdida de la vida, lesiones corporales o daños para la salud causados por negligencia según las disposiciones legales. No obstante, la responsabilidad de D+H en casos de negligencia grave se limitará a los daños previsibles especificados en el contrato, si no se da al mismo tiempo ninguna de las otras excepciones enumeradas en la frase 1. 3. Fuera de los casos mencionados en las frases 1 y 2, la responsabilidad de D+H por indemnización por daños y perjuicios e indemnización por gastos inútiles debidos a imposibilidad se limitará a un total del 10% del valor del envío. Quedan excluidas cualesquiera otras reclamaciones del Comprador debidas a la imposibilidad del envío, incluso una vez transcurrido el plazo fijado por D+H para la entrega. El derecho del comprador a rescindir el contrato de conformidad con el apartado VIII, nº 11 no se verá afectado. Las disposiciones anteriores no implican ninguna modificación de la carga de la prueba en perjuicio del comprador.

  2. En la medida en que acontecimientos imprevisibles en el sentido del párrafo V, no. 3 modifiquen sustancialmente la importancia económica o el contenido del envío o tengan un impacto sustancial en las operaciones de D+H, el contrato se adaptará teniendo en cuenta los principios de razonabilidad y buena fe. En la medida en que esto sea económicamente insostenible, D+H tendrá derecho a rescindir el contrato. Si D+H desea hacer uso de este derecho de rescisión del contrato, D+H deberá, tras reconocer las repercusiones del suceso, informar inmediatamente al Comprador, incluso si inicialmente se acordó con el Comprador una prórroga del plazo de entrega.

  1. D+H responderá en caso de dolo o negligencia grave por parte de D+H o de un representante o de las personas empleadas para la ejecución del contrato, así como en caso de pérdida de la vida, lesiones corporales o daños para la salud causados de forma culposa según las disposiciones legales. No obstante, la responsabilidad de D+H en casos de negligencia grave se limitará a los daños previsibles especificados en el contrato, siempre que no existan al mismo tiempo otras excepciones que las enumeradas en las frases 1 ó 3 de este nº. XIII. Por lo demás, D+H sólo responderá de acuerdo con la Ley de responsabilidad por productos defectuosos (Produkthaftungsgesetz), debido a la violación culpable de obligaciones contractuales fundamentales o en la medida en que D+H haya ocultado fraudulentamente un defecto o haya ofrecido una garantía sobre la calidad del objeto de suministro. No obstante, la reclamación de daños y perjuicios por incumplimiento de obligaciones contractuales fundamentales se limitará a los daños previsibles especificados en el contrato, si no existen al mismo tiempo otras excepciones que las enumeradas en las frases 1 ó 3 de este núm. XIII.1.

  2. Las disposiciones del anterior no. XIII.1 se aplican a todas las reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios (en particular a la indemnización por daños y perjuicios adicional a la prestación y a la indemnización por daños y perjuicios en lugar de la prestación), independientemente del fundamento jurídico, en particular por defectos, incumplimiento de las obligaciones del contrato o por actos ilícitos. También se aplican a la reclamación de indemnización por gastos inútiles. No obstante, la responsabilidad por demora se determina en el apartado V., números 4 a 7, y la responsabilidad por imposibilidad en el apartado XII., número 1.

  1. El lugar de cumplimiento para envíos y pagos es el domicilio social de D+H.

  2. Si el Comprador es un comerciante, el único fuero competente para todos los litigios derivados indirecta o directamente de la relación contractual será el domicilio social de D+H. No obstante, D+H también está autorizado a demandar en el domicilio social del Comprador.

  3. Las relaciones jurídicas relacionadas con este contrato se rigen por el derecho alemán, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).

  1. Las modificaciones de este contrato deben realizarse por escrito para que surtan efecto. Esto también se aplica a la modificación de este requisito de forma escrita.

  2. La ineficacia de disposiciones individuales de este contrato no afectará a la eficacia de las restantes disposiciones. En este caso, las partes se comprometen a acordar las disposiciones eficaces que más se aproximen económicamente a la finalidad perseguida por las disposiciones ineficaces. Esto se aplica, en consecuencia, al cierre de cualquier laguna en este contrato. Sólo la versión alemana de estas Condiciones Generales de Contratación es jurídicamente vinculante, mientras que la versión inglesa sólo sirve a efectos de traducción. En caso de discrepancias del contenido la versión alemana.